Inmigración y Naturalización

Los servicios de inmigración otorgados por la oficina de Cuevas & Ortiz, P.A. incluyen:

Visa de Inmigración para Negociantes e Inversionistas
Certificación de Trabajo
Visas Temporales de Trabajo
Inmigración Familiar
Asesoria para participacion en Loterias de Inmigracion.
Loteria de Tarjeta Verde

Seleccione una de las siguientes areas:
U.S. Temporary Working Visas
Visas Temporales de Trabajo:
L-1 Visa (Transferencia de Gerente)
H-1 Visa (Visa para Profesionales)
O-1 & P Visa (Habilidad Extraordinaria)
E Visa (Comerciante e Inversionista)
F Visa (Visa de Estudiantes)
J Visa (Visitante de Intercambio)

U.S. Permanent Residence Procedures
Procedimientos para Residencia Permanente en E.U.:
Certificación Laboral
Inmigrante Basado en Empleo (Inversionistas)
Excepción por Interés Nacional
Trabajadores con Prioridad
Loteria de Tarjeta Verde

VISA PARA TRABAJAR TEMPORALMENTE EN LOS E.U. :
Algunas de las visas temporalesdisponibles son:

L-1 Visa:
Esta visa es para ejecutivos, gerentes, y técnicos especializados que han trabajado para una compañía fuera de los Estados Unidos por lo menos uno de los tres últimos años y que supervisará una matríz, subsidiaria, afiliada, sucursal o una funcion esencial de dicha compañía en los Estados Unidos. Esta visa le permite a la persona permanecer en los Estados Unidos por un máximo de 6 a 7 años. Nótese que una persona que está en los Estados Unidos con visa L-1 puede cambiar su condición legal a residencia permanente de la siguiente manera:
Si la compañía en los Estados Unidos tiene menos de un año de existencia cuando aplica inicialmente para la visa L-1, después del primer año con la Visa L-1 la persona puede aplicar por una extensión de la visa L-1 y bajo aprobación de la extensión, puede inmediatamente ajustar (cambiar) a residencia permanente.

Esta Visa es muy similar al procedimiento de Transferencia de Gerente o Ejecutivos que provee la residencia permanente.

H-1 Visa:
Esta visa es para profesionales y otros que tengan por lo menos un título universitario (o equivalente) en su especialidad, quien trabajará como empleado fijo en una compañia Americana, en una posición relacionada con su profesión. El profesional obtendrá permiso para trabajar para el empleador (el peticionario) y la familia inmediata del profesional también podrá vivir en los Estados Unidos. Para obtener el equivalente del título universitario la regla es que cada tres años de ejercicio de la profesión equivalen a un año de estudios. La visa H-1 es válida por un máximo de seis años. Mientras el profesional tenga esta visa puede intentar otras opciones para obtener residencia permanente, si asi lo desea.

O-1 Visa & P Visa: (Habilidad Extraordinaria):
La visa tipo "O Visa" es para personas de negocios, científicos, artistas, atletas y maestros que demuestren que tienen cualidades extraordinarias, por lo cual están viniendo a los Estados Unidos para participar en un evento especial. Nótese que el evento puede tener un contrato que implique varios años. Esta visa también aplica para grupos de entretenimiento.

La visa P aplica a atletas extranjeros que compitan individualmente o en grupo a un nivel internacionalmente reconocido y también para extranjeros que son parte de un grupo de entretenimiento que tenga reconocimiento internacional sobresaliente y por un período de tiempo substancial.

E Visas (Comerciantes e Inversionistas):
La categoria E es particularmente útil para dueños de negocios, gerentes, y empleados que necesiten permanecer en los Estados Unidos por un extenso período de tiempo para supervisar o trabajar en una empresa comprometida en comercialización entre Estados Unidos y un estado extranjero o que represente una inversión significativa en los Estados Unidos. Los dos tipos de visas en la categoría E, E-1 Comerciante y E-2 Inversionista, pueden ser extendidas casi indefinidamente.


Requisitos generales para las visas de categoria E:

Un tratado debe existir entre el país de origen y los Estados Unidos;
Ciudadanos del país de origen deben ser propietarios mayoritarios o tener el control de la inversión o de la compañía comercializadora.
Cada empleado de la compañía que busca el estado E debe ser de la misma procedencia del país de origen.
E-1 Comerciante:

Esta categoría requiere lo siguiente:

La compañía comercializadora debe estar comprometida en comercialización.
La comercialización debe ser substancial, lo cual es principalmente entre los Estados Unidos y el país con el cual es el tratado.
El empleado o gerente de la compañía deben trabajar en una posición de gerencia o que involucre habilidades esenciales.

E-2 Inversionista:

Esta categoría requiere lo siguiente:

El inversionista debe hacer un compromiso irrevocable de fondos que representen una inversión constante y activa.
La inversión debe ser substancial.
La inversión debe tener la intención de crear trabajo.

Países participantes del tratado que pueden aplicar por razones de Comercio (E-1) o Inversión (E-2):

Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bosnia, Canadá, China, Colombia, Costa Rica, Croacia, Eetiopía, Eslovenia, España, Finlandia, Filipinas, Francia, Honduras, Iran, Irlanda, Italia, Japón, Korea, Liberia, Luxemburgo, Macedonia, Méjico, Noruega, Omán, Pakistán, Países Bajos, Paraguay, Reino Unido, Surinam, Suecia, Suiza, Tailandia, Togo, Turkia.


A continuación está la lista de países con los que E.E.U.U. tiene tratados que confieren sólo visa E-1 de Comerciante:
Bolivia, Brunei, Dinamarca, Estonia, Grecia, Israel, y Latvia.


A continuación está la lista de países con los que E.E.U.U. tiene tratados que otorgan sólo visa E-2 de Inversionista:
Armenia, Bangladesh, Bulgaria, Cameron, Congo, Checoslovaquia, Egipto, Eslovakia, Granada, Kazakhstan, Kyrgyzstan, Marruecos, Panamá, Polonia, República Moldova, Romania, Senegal, Sri Lanka, Tunisia, Zaire.

F Visas (Visa de Estudiante):

Personas de nacionalidad extranjera pueden entrar en los E.E.U.U. para estudiar. El tiempo de estadía permitido bajo esta categoría es hasta que el extranjero finalize sus estudios. El extranjero debe estar estudiando tiempo completo y debe demostrar que tiene suficientes recursos económicos para pagar por sus estudios.

J Visas(Visitante de Intercambio):


Esta categoría es usada por estudiantes extranjeros, eruditos, internos médicos y residentes, visitantes internacionales , y aprendices industriales y de negocios que entran a los E.E.U.U. como visitantes de intercambio por medio de programas de Visitante de Intercambio aprovados por los E.E.U.U., con el propósito de ganar experiencia , estudiando o investigando en su área respectiva.

Procedimiento Para la Residencia Permanente en los Estados Unidos:

Algunos de los procedimientos disponibles para obtener residencia permanente son:

Trabajadores con Prioridad

Transferencia de Gerentes o Ejecutivos:
Esta categoria está relacionada a la visa L-1 de no-inmigrante, donde una persona puede comprobar que ha trabajado en una posición ejecutiva fuera de los E.E.U.U. por más de un año y que ha sido o será transferida a una posición ejecutiva en una compañía afiliada en los E.E.U.U., la cual ha estado operando por mas de un año. En cuanto se apruebe la petición, será otorgada la residencia permanente. Es esencial que la entidad estadounidense haya estado activa por un año o más antes de la aplicación.

Extranjeros con Habilidades Extraordinarias:
Esta categoría aplica a extranjeros que tengan Habilidades Extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios, o atletismo. Esta habilidad debe ser demostrada por medio de prolongado reconocimiento nacional o internacional, y el extranjero debe tener logros en su área reconocidos y documentados extensivamente.
Profesores e Investigadores Sobresalientes:
Esta categoría aplica a profesores e investigadores sobresalientes que puedan demostrar reconocimiento internacional como sobresalientes en una área académica específica, por lo menos tres años de experiencia, y cualquiera de lo siguiente:
(1) Oferta de una posición o historial de una posición en enseñanza o investigación; o (2) oferta de una posición de investigación que no tenga tiempo determinado y en la cual el empleado tendrá una expectativa de empleo permanente; o (3) la oferta de una posición comparable de investigación con un empleador privado si el empleador tiene por lo menos tres investigadores a tiempo completo y logros documentados en el área de investigación.

Certificación de Trabajo:

Certificación de Trabajo se usa cuando un empleador de los E.E.U.U. ofrece una posición permanente a un profesional extranjero. Tal posición es también ofrecida a otras personas del mercado local. Si los aplicantes del mercado local no satisfacen los requerimientos mínimos establecidos por la posición, la posición es entonces dada a el extranjero. Este a su vez puede inmediatamente cambiar su condición a residente permanente. Este proceso generalmente toma de 6 a 11 meses. Debido al tiempo que toma a completar este procedimiento, el extranjero generalmente obtiene la Visa H-1 o alguna otra visa para que el/ella pueda empezar a trabajar en los E.E.U.U. Durante el tiempo en que la persona puede trabajar legalmente en los E.E.U.U. se continúa con la Certificación de Trabajo.

Inmigracion Basada en Empleo (Inversionistas):

Aquellos extranjeros que cumplen con todos los requerimientos para la visa de inmigración basada en empleo, obtendrán residencia permanente en los Estados Unidos en cuanto se apruebe su aplicación. La clasificación de Inmigración Basada en Empleo está disponible para empresarios extranjeros que vengan a los Estados Unidos a comprometerse en empresas comerciales nuevas.
Empresas Comerciales se definen de la siguiente manera:

Cualquier negocio que genere ganancias y que se mantenga dentro de las leyes establecidas, incluyendo pero no limitada a, un solo propietario o socio,....., corporación,..., u otra empresa de propiedad pública o privada.

Los tres requisitos generales para la Inmigración Basada en Empleo son como sigue:

El inmigrante deberá establecer una nueva empresa (o invertir en una empresa existente)
El inmigrante debe haber invertido, o está en el proceso de invertír capital en una cantidad no menor de $1,000,000.00 dólares americanos (en algunos casos puede ser menos); y
La empresa comercial deberá beneficiar la economía americana, y deberá generar no menos de 10 trabajos de tiempo completo para ciudadanos americanos, inmigrantes con residencia permanente, u otro inmigrante autorizado a trabajar en los Estados Unidos, aparte del empresario, su esposo/esposa o niños. Hay variaciones disponibles para este requerimiento.

Visa de Interés Nacional:

La ley permite a personas suprimir el largo proceso de certificación de trabajo requerido normalmente para obtener la residencia, si la persona puede demostrar que ella/él tiene por lo menos un título advanzado en su carrera, y, si el INS está convencido que la inmigración de esta persona será beneficiosa a los intereses nacionales de los Estados Unidos. La definicion de lo que sería trabajar en el interés nacional no ha sido completamente resuelto desde la promulgación de esta parte de la ley en 1990. En general, la ley ha encontrado que este trabajo debe incluir nuevas áreas que mejoren los E.E.U.U. en: la economía, las condiciones de los trabajadores, el cuidado de la salud, y la educación.

Hay otros procedimientos disponibles incluyendo; visas para enfermeras profesionales, para trabajadores religiosos, y otros.


 

 
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