| E
Visas (Comerciantes e Inversionistas):
La categoria E es particularmente útil para dueños
de negocios, gerentes, y empleados que necesiten permanecer
en los Estados Unidos por un extenso período
de tiempo para supervisar o trabajar en una empresa
comprometida en comercialización entre Estados
Unidos y un estado extranjero o que represente una inversión
significativa en los Estados Unidos. Los dos tipos de
visas en la categoría E, E-1 Comerciante y E-2
Inversionista, pueden ser extendidas casi indefinidamente.
Requisitos generales para las visas de categoria E:
Un
tratado debe existir entre el país de origen
y los Estados Unidos;
Ciudadanos del país de origen deben ser propietarios
mayoritarios o tener el control de la inversión
o de la compañía comercializadora.
Cada empleado de la compañía que busca
el estado E debe ser de la misma procedencia del país
de origen.
E-1 Comerciante:
Esta
categoría requiere lo siguiente:
La
compañía comercializadora debe estar comprometida
en comercialización.
La comercialización debe ser substancial, lo
cual es principalmente entre los Estados Unidos y el
país con el cual es el tratado.
El empleado o gerente de la compañía deben
trabajar en una posición de gerencia o que involucre
habilidades esenciales.
E-2
Inversionista:
Esta
categoría requiere lo siguiente:
El
inversionista debe hacer un compromiso irrevocable de
fondos que representen una inversión constante
y activa.
La inversión debe ser substancial.
La inversión debe tener la intención de
crear trabajo.
Países
participantes del tratado que pueden aplicar por razones
de Comercio (E-1) o Inversión (E-2):
Alemania,
Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bosnia,
Canadá, China, Colombia, Costa Rica, Croacia,
Eetiopía, Eslovenia, España, Finlandia,
Filipinas, Francia, Honduras, Iran, Irlanda, Italia,
Japón, Korea, Liberia, Luxemburgo, Macedonia,
Méjico, Noruega, Omán, Pakistán,
Países Bajos, Paraguay, Reino Unido, Surinam,
Suecia, Suiza, Tailandia, Togo, Turkia.
A continuación está la lista de países
con los que E.E.U.U. tiene tratados que confieren sólo
visa E-1 de Comerciante:
Bolivia, Brunei, Dinamarca, Estonia, Grecia, Israel,
y Latvia.
A continuación está la lista de países
con los que E.E.U.U. tiene tratados que otorgan sólo
visa E-2 de Inversionista:
Armenia, Bangladesh, Bulgaria, Cameron, Congo, Checoslovaquia,
Egipto, Eslovakia, Granada, Kazakhstan, Kyrgyzstan,
Marruecos, Panamá, Polonia, República
Moldova, Romania, Senegal, Sri Lanka, Tunisia, Zaire.
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| Algunos
de los procedimientos disponibles para obtener residencia
permanente son:
Trabajadores
con Prioridad
Transferencia
de Gerentes o Ejecutivos:
Esta categoria está relacionada a la visa L-1
de no-inmigrante, donde una persona puede comprobar
que ha trabajado en una posición ejecutiva fuera
de los E.E.U.U. por más de un año y que
ha sido o será transferida a una posición
ejecutiva en una compañía afiliada en
los E.E.U.U., la cual ha estado operando por mas de
un año. En cuanto se apruebe la petición,
será otorgada la residencia permanente. Es esencial
que la entidad estadounidense haya estado activa por
un año o más antes de la aplicación.
Extranjeros con Habilidades Extraordinarias:
Esta categoría aplica a extranjeros que tengan
Habilidades Extraordinarias en las ciencias, artes,
educación, negocios, o atletismo. Esta habilidad
debe ser demostrada por medio de prolongado reconocimiento
nacional o internacional, y el extranjero debe tener
logros en su área reconocidos y documentados
extensivamente.
Profesores e Investigadores Sobresalientes:
Esta categoría aplica a profesores e investigadores
sobresalientes que puedan demostrar reconocimiento internacional
como sobresalientes en una área académica
específica, por lo menos tres años de
experiencia, y cualquiera de lo siguiente:
(1) Oferta de una posición o historial de una
posición en enseñanza o investigación;
o (2) oferta de una posición de investigación
que no tenga tiempo determinado y en la cual el empleado
tendrá una expectativa de empleo permanente;
o (3) la oferta de una posición comparable de
investigación con un empleador privado si el
empleador tiene por lo menos tres investigadores a tiempo
completo y logros documentados en el área de
investigación. |
| Inmigracion
Basada en Empleo (Inversionistas):
Aquellos
extranjeros que cumplen con todos los requerimientos
para la visa de inmigración basada en empleo,
obtendrán residencia permanente en los Estados
Unidos en cuanto se apruebe su aplicación. La
clasificación de Inmigración Basada en
Empleo está disponible para empresarios extranjeros
que vengan a los Estados Unidos a comprometerse en empresas
comerciales nuevas.
Empresas Comerciales se definen de la siguiente manera:
Cualquier
negocio que genere ganancias y que se mantenga dentro
de las leyes establecidas, incluyendo pero no limitada
a, un solo propietario o socio,....., corporación,...,
u otra empresa de propiedad pública o privada.
Los
tres requisitos generales para la Inmigración
Basada en Empleo son como sigue:
El
inmigrante deberá establecer una nueva empresa
(o invertir en una empresa existente)
El inmigrante debe haber invertido, o está en
el proceso de invertír capital en una cantidad
no menor de $1,000,000.00 dólares americanos
(en algunos casos puede ser menos); y
La empresa comercial deberá beneficiar la economía
americana, y deberá generar no menos de 10 trabajos
de tiempo completo para ciudadanos americanos, inmigrantes
con residencia permanente, u otro inmigrante autorizado
a trabajar en los Estados Unidos, aparte del empresario,
su esposo/esposa o niños. Hay variaciones disponibles
para este requerimiento. |